Compañía Canariense del Tabaco, S.A. (en adelante CCT), está fuertemente comprometida con el absoluto cumplimiento de la regulación nacional y europea, así como con el pulcro cumplimiento de su normativa interna y del Código Ético.
Por ello, si crees que puede haber algún comportamiento irregular, contrario a la legislación europea o nacional, algún incumplimiento de nuestra normativa interna o de nuestro Código Ético, puedes comunicárnoslo a través de la siguiente dirección de correo electrónico: denunciascct@cecamagan.com.
Los principios esenciales del funcionamiento del Canal de Denuncias de CCT se encuentran establecidos en nuestra Política del Canal de Denuncias.
Es un medio que CCT pone a disposición de empleados, socios de negocio, terceros relacionados y grupos de interés para que puedan informar sobre presuntos incumplimientos de la normativa interna y externa.
Entre los valores y principios éticos de CCT está el compromiso pulcro e ineludible de cumplir con la Ley y la normativa interna. Por ello, queremos conocer y actuar ante cualquier posible irregularidad e incumplimiento que pueda producirse.
Cualquier hecho que pueda suponer un incumplimiento de nuestro Código Ético o una infracción normativa que pueda constituir una infracción administrativa grave o muy grave, un incumplimiento del derecho de la Unión Europea o un delito, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
No, el Canal de Denuncias no es el medio adecuado para comunicar o informar sobre discrepancias comerciales, reclamaciones u otro tipo de consultas relacionadas.
Tampoco es el medio adecuado para comunicar o informar sobre cuestiones, reclamaciones u otro tipo de consultas que puedan surgir en el día a día de una relación laboral.
CCT permite que las comunicaciones de las prácticas irregulares o incumplimientos anteriormente citados se puedan realizar bien de manera nominativa o de manera anónima.
CCT cuenta con un procedimiento interno de gestión del canal de denuncias donde se establece la forma en las medidas de seguridad adecuadas e idóneas para garantizar la confidencialidad.
Además, solo un número limitado de personas tendrán acceso al correo electrónico: denunciascct@cecamagan.com. Estas personas tratarán la información bajo los máximos estándares de confidencialidad
No, siempre que la denuncia sea de buena fe. En estos casos, se prohíbe total y expresamente cualquier acto de represalia, tentativa de represalia o amenaza.
La persona responsable del Canal de Denuncias realizará un seguimiento a largo de todo el proceso como posteriormente para garantizar que nadie que haya comunicado un presunto incumplimiento de buena fe pueda ser objeto de represalias.
De hecho, cualquier acto de represalia contra un informante de buena fe será objeto de sanción.
La presente Política tiene por objeto difundir los principios que rigen la gestión y uso del Canal de Denuncias de Compañía Canariense de Tabacos, S.A. (en adelante CCT).
Con el Canal de Denuncias CCT pretende i) prevenir y corregir prácticas y/o conductas que sean irregulares, contrarias al ordenamiento jurídico nacional e internacional, así como al ordenamiento interno y Código Ético, así como ii) reparar lo antes posible el daño que se haya podido producir con la comisión de dichas prácticas/conductas irregulares.
La presente Política resulta de aplicación para todos los integrantes de CCT.
Los integrantes de CCT deben comunicar de forma inmediata cualquier incumplimiento real o presunto del Código Ético, de normativa interna o externa que resulte de aplicación, así como de la comisión de delitos que se hayan producido o se puedan producir, a través de los canales habilitados al efecto.
Junto a este deber de comunicación de incumplimientos, los integrantes de CCT tienen entre sus responsabilidades la colaboración proactiva y de buena fe con las posibles investigaciones que se pudieran iniciar.
CCT espera que este deber de los integrantes sea asumido y compartido también por nuestros socios de negocio , terceros relacionados y grupos de interés, de manera que se puedan identificar y reaccionar adecuada y eficazmente ante posibles irregularidades e incumplimientos.
La denuncia/comunicación podrá realizarse.
Los integrantes de CCT tienen la obligación y responsabilidad para con la Organización de denunciar/comunicar cualquier conducta que pudiera ser, aunque fuera indiciariamente:
Asimismo, la denuncia/comunicación debe contener los siguientes datos:
Una vez interpuesta la denuncia/comunicación a través de los canales habilitados al efecto, el informante recibirá un acuse de recibo de su comunicación en el plazo máximo de 7 días naturales desde su recepción, salvo que ello pueda suponer un peligro para la confidencialidad de la comunicación.
El Secretario del Comité Ético, a su vez Responsable del Canal, realizará un análisis preliminar de las denuncias recibidas, determinando si debe iniciarse o no una investigación para esclarecer los hechos.
Además, a quienes realicen la comunicación a través del Canal de Denuncias de CCT se les informará, de forma clara y accesible, sobre los canales externos de información ante las autoridades competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea
En caso de que la denuncia/comunicación sea admitida a trámite, se apertura un proceso de investigación que llevará a cabo la Comisión Instructora de conformidad con lo dispuesto en el Procedimiento de gestión del canal de denuncias.
La Comisión Instructora procederá a la comprobación y revisión de los hechos denunciados, garantizando siempre la confidencialidad de todo el proceso de investigación, así como partiendo de la presunción de inocencia que ampara a las personas afectadas.
La investigación concluirá en el plazo de máximo de 3 meses desde la recepción de la denuncia. En casos de especial complejidad, el plazo de investigación podrá extenderse por otros 3 meses adicionales.
A lo largo de periodo de investigación, se podrá mantener comunicación con el informante para, si resulta necesario, ampliar información.
Una vez concluida la investigación y determinado el resultado, CCT adoptará las medidas necesarias en función del resultado de la misma, y actuará conforme a los establecido en la legislación vigente.
Los integrantes de CCT tienen el deber de comunicar los incumplimientos de los que tengan conocimiento. El no comunicar estos incumplimientos podrá conllevar la imposición de una sanción disciplinaria.
Asimismo, se garantiza por parte de CCT:
El Consejo de Administración designó como Responsable del Canal de Denuncias de CCT al Órgano de Cumplimiento Normativo del Sistema de Compliance, denominado Comité Ético.
Tras la entrada en vigor de la Ley 2/2023, de 20 febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, y con objeto de cumplir con la normativa vigente, el Órgano de Cumplimiento Normativo, denominado Comité Ético, ha acordado delegar en su Secretario las facultades de gestión del Sistema interno de información y de tramitación de expedientes de investigación.
Una denuncia/comunicación realizada con mala fe y/o con temerario desprecio hacia la verdad podrá ser objeto de sanción disciplinaria.
CCT velará por la debida difusión i) de esta Política y ii) de la existencia del Canal de Denuncias.